SECOM solicita a diario El Comercio rectificación por editorial inexacto (documento)

Quito (Pichincha).- En carta enviada a diario El Comercio, la Secretaría Nacional de Comunicación solicitó la rectificación del editorial publicado el pasado viernes 2 de agosto por contener información inexacta.
La rectificación solicitada por la SECOM a diario El Comercio está estipulada en el artículo 66, numeral 7 de la Constitución de la República que textualmente dice: Se reconoce y se garantizará a la personas “El derecho de toda persona agraviada por informaciones sin pruebas o inexactas, emitidas por medios de comunicación social a la correspondiente rectificación, réplica o respuesta, en forma inmediata, obligatoria y gratuita, en el mismo espacio u horario”.
Ese editorial titulado “Reformas a la fuerza pública”, según la SECOM, contiene una imprecisión que afecta la verdad. Por tanto, es necesario realizar la siguiente aclaración:
En el escrito se afirma que el control del orden público es “tarea reconocida por la Constitución como privativa de la Policía”, lo cual es falso. La Constitución en su artículo 158 dice claramente que “…La protección interna y el mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado y responsabilidad de la Policía Nacional”.
Como se ilustra, la diferencia entre lo que establece el artículo 158 de la Carta Magna y lo publicado por el rotativo es evidente. Una vez más, la alteración deliberada de frases, la descontextualización y la ligereza de un periodismo de la misma liviandad hacen que se vulneren derechos de los ciudadanos a recibir información de calidad, agrega la misiva.
Este pequeño cambio en el editorial resulta esencial ya que genera una diferencia considerable que altera el sentido del artículo 158 de la Constitución. La «inocente distorsión» de diario El Comercio orienta al lector a formarse interpretaciones erróneas, por ejemplo el que las FF.AA. no deban ayudar a precautelar la seguridad nacional interna, añade la carta suscrita por el titular de la SECOM, Fernando Alvarado.
Igualmente, el artículo 23 de la Ley Orgánica de Comunicación establece que “todas las personas tienen derecho a que los medios de comunicación rectifiquen la información que han difundido sobre ellas, sus familiares o sobre los asuntos a su cargo cuando existan deficiencias en la verificación, contrastación y precisión de la información de relevancia pública…” MNC/El Ciudadano.