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Recaudación tributaria por concepto de remisión superó la meta prevista por el Ejecutivo

Quito, Ecuador –  El proceso de remisión tributaria impulsado por el Gobierno Nacional, como parte de la Ley Orgánica para el Fomento Productivo, ha superado la meta prevista de $ 602 millones. A este miércoles 26 de diciembre se ha recaudado $ 1 075,68 millones, beneficiando a 308 mil contribuyentes.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) indicó que, de este monto, $ 573,80 millones se efectivizaron. Se otorgó facilidades de pago por $ 111,47 millones, mientras que $ 390,41 millones están en proceso de conciliación y/o desistimiento.

El 99,5 % de quienes se acogieron al proceso, que inició en agosto pasado tras la entrada en vigencia de la normativa legal, corresponden a los segmentos de micro, pequeños y medianos contribuyentes.

El próximo 28 de diciembre vence el plazo para que los ciudadanos que mantienen obligaciones pendientes con el SRI, accedan al beneficio de la remisión tributaria del 100 % de intereses, multas y recargos. La gracia aplica para deudas en proceso de cobro o suspendidas, declaraciones pendientes -ya sean originales o sustitutivas-, cuotas del Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano (RISE) y matriculación vehicular.

Son potenciales beneficiarios quienes mantengan obligaciones pendientes vencidas al 2 de abril de 2018, con excepción del Impuesto a la Renta anual del ejercicio fiscal 2017.

La Ley contempla los siguientes segmentos de contribuyentes para el pago de las obligaciones pendientes con este beneficio tributario:

Grupo 1:

  • Contribuyentes que sean integrantes de grupos económicos.
  • Contribuyentes cuyo promedio de ingresos brutos de los últimos 3 años sea mayor a cinco millones de dólares.
  • Deudas correspondientes a impuestos retenidos y/o percibidos, como por ejemplo IVA y Retenciones en la Fuente.

Grupo 2:

  • Todos los no contemplados en el grupo 1, es decir los micro, pequeños y medianos contribuyentes, quienes pueden pagar el saldo del capital hasta el 28 de diciembre, o hasta la misma fecha, solicitar facilidades de pago del capital de hasta 2 años contados a partir de la publicación de la Ley en el Registro Oficial. Esto, mediante el pago de cuotas mensuales, sin necesidad de cuota inicial, y gestionando por medio del portal SRI en línea. Para el efecto, deberá contar previamente con un convenio de débito bancario.

 

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Dirección de Gestión de la Comunicación-Secom