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Presidente remite reforma de Ley Orgánica de Educación Intercultural para su Registro Oficial

10 de abril de 2021

Quito, Ecuador. – El presidente de la República, Lenín Moreno, sancionó el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Educación Intercultural y lo remitió al Registro Oficial para su publicación. Así lo anunció mediante su cuenta oficial de Twitter la tarde de este sábado 10 de abril de 2021, desde Tena, provincia de Napo. Esta resolución es parte de la política aplicada por el Primer Mandatario a favor de la educación del país.

El pasado 09 de marzo, con 126 votos afirmativos y ocho abstenciones, la Asamblea Nacional aprobó la reforma a este cuerpo normativo que estaba vigente desde 2011. Luego de su revisión, el Ejecutivo decidió sancionarla y dar paso a su publicación, en el marco de las competencias que le confiere legalmente la Carta Magna.

“Entiendo que las bancadas de los dos candidatos presupuestaron los recursos para implementarla como manda la Constitución”, aclaró el Mandatario en referencia a la votación realizada por las bancadas con representación en la Función Legislativa.

Entre algunos de los cambios más importantes a destacar están:

  • Nuevo escalafón docente. Se establece como base salarial de los docentes del magisterio una remuneración no menor a los 2.5 salarios básicos (USD 1.000). Esta nueva escala constará de 10 categorías.
  • Sistema de jubilación docente. Los maestros también contarán con un sistema de jubilación especial, mediante el cual podrán acceder a este beneficio tras 300 aportaciones al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (25 años), sin importar su edad. Aunque para acceder a la pensión jubilar serán necesarias 370 aportaciones, es decir 30 años.
  • Bachillerato General: El Bachillerato General Unificado se elimina y en su lugar los estudiantes cursarán un tronco común de asignaturas, pero podrán optar por las opciones de

a. Bachillerato en ciencias: además de las asignaturas del tronco común, ofrece una formación

en áreas científico-humanísticas, y podrá tener componentes y menciones específicas y especializadas.

b. Bachillerato técnico: ofrece una formación en áreas técnicas, artesanales, artísticas o deportivas que permitan a las y los estudiantes ingresar al mercado laboral e iniciar actividades de emprendimiento social o económico.

  • Prueba Ser Bachiller: Pese a estar suspendida desde 2019, la Ley elimina la prueba Ser Bachiller como parte del requisito indispensable para su graduación; y en su lugar se reemplaza por el examen de grado ya existente anteriormente.
  • Acceso a la educación superior: La ley prohíbe utilizar los procesos de evaluación de los estudiantes como mecanismo de ingreso a la educación superior.
  • Retorno de instituciones educativas a Fuerzas Armadas y Policía: En el plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigencia de esta reforma, el Ministerio de Defensa y los entes rectores de cada institución educativa, junto con el Ministerio de Educación, elaborarán un plan de traspaso de las 26 instituciones educativas fiscales que fueron antes regentadas por las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional y que volverán a administrarlas. Estas instituciones contarán con un presupuesto otorgado por el Estado, pero también podrán cobrar pensiones y matrículas para solventar sus gastos.
  • Jornada laboral: La jornada ordinaria semanal de trabajo del docente será de 40 horas, de lunes a viernes, distribuidas en 6 horas diarias.
  • Protección a la niñez. Se establece el sistema de protección de derechos para la prevención de todo tipo de violencia dentro de las instituciones educativas, el cual ya se aplicaba en el Ministerio de Educación, pero ahora consta en la ley para garantizar la obligatoriedad de su cumplimiento.
    • El Sistema de Protección en las Instituciones Educativas, que tendrá un enfoque preventivo, priorizará el interés superior de niñas, niños y adolescentes; la reparación integral de víctimas; la eliminación de la violencia escolar, acoso escolar, hostigamiento académico y conflicto escolar.
    • Para reforzar esta protección, se dispone el fortalecimiento del Departamento de Consejería Estudiantil en las instituciones educativas; implementación del Plan Nacional de Erradicación de Violencia en el Contexto Educativo. La Autoridad Educativa Nacional desarrollará mecanismos administrativos de prevención de la violencia en el ámbito educativo; y como parte del Sistema de Protección, se implementarán las Juntas Distritales de Solución de Conflictos.
  • Sistema de Educación Intercultural Bilingüe y la Etnoeducación: La ley fortalece este sistema y garantiza que la educación intercultural bilingüe aplique un modelo de educación pertinente a la diversidad de los pueblos y nacionalidades; valore y utilice como idioma principal de educación el idioma de la nacionalidad respectiva y el castellano como idioma de relación intercultural.

Esta reforma modifica cerca del 80 % de la normativa que estaba vigente, contiene 141 artículos, 18 disposiciones generales, 45 transitorias, seis disposiciones reformatorias a la Ley de Seguridad Social, al Código de Planificación y Finanzas Públicas, al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización y a la Ley Humanitaria; además de una disposición final.

La educación de calidad para nuestros niños, niñas y adolescentes ha sido una prioridad para el Gobierno Nacional, desde el inicio de su gestión.

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