Gobierno remite veto a la Ley Orgánica de Comunicación y Proyecto Reformatorio al artículo 5
Quito, (Ecuador) – El Presidente de la República, Lenín Moreno, remitió el día de hoy a la Asamblea Nacional el proyecto de ley reformatorio de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) a fin de suprimir del cuerpo legal el artículo 5, que prevé que “se consideran medios de comunicación social a las empresas, organizaciones públicas, privadas y comunitarias, así como a las personas concesionarias de frecuencias de radio y televisión, que prestan el servicio público de comunicación masiva que usan como herramienta medios impresos o servicios de radio, televisión y audio y vídeo por suscripción, cuyos contenidos pueden ser generados o replicados por el medio de comunicación a través de internet”.
La decisión presidencial corrige la omisión de la Asamblea Nacional en el tratamiento del primer proyecto de reformas enviado por el Ejecutivo y aprobado en diciembre pasado. El proyecto de reforma a la LOC fue enviado por el ejecutivo el 21 de mayo de 2018.
El nuevo proyecto reformatorio retoma el espíritu de la política de apertura del Gobierno Nacional a fin de contar con una Ley de Comunicación que responda a la normativa internacional y precautela la libertad de prensa y opinión.
El tratamiento de este proyecto reformatorio no impide el tratamiento del veto parcial.
Entre las principales objeciones presentadas por el Presidente Lenín Moreno constan:
- Como objeto de la Ley debe indicarse expresamente la protección del derecho a la libertad de expresión.
- Se clarifica la acción afirmativa evitando ventajas distorsionantes, por lo que el Estado respetará y estimulará el uso y desarrollo de Idiomas Ancestrales en los medios de comunicación.
- La responsabilidad solidaria planteada en la reforma del legislativo se sustituye por la responsabilidad civil de la persona natural o jurídica a quien se le puede imputar la afectación de derechos, previo al debido proceso.
- Sobre la circulación de información restringida, planteamos que no podrá circular libremente a través de los medios de comunicación información que esté protegida expresamente en la ley. Esta reforma va en consonancia con la legislación internacional sobre derechos a la comunicación y las observaciones del Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
- Se define adecuadamente el concepto de “sistema de comunicación social”, que debe contener políticas públicas y normativa.
- Sobre el Consejo de Regulación, Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación:
- Se modifica la forma de su integración. Se plantea la inclusión de un representante del Consejo de Educación Superior y uno de los Consejos de Igualdad, con lo que el Consejo estará conformado por 5 delegados permanentes, además de los citados, uno por la Función Ejecutiva (quien lo presidirá), uno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, y uno de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.
- Por un posible conflicto de intereses se pide eliminación de la atribución del Consejo de Regulación de participar en la asignación de frecuencias.
- Se conforma el Consejo Consultivo reconociendo la necesidad de la participación ciudadana, por lo que se incorpora a otros actores de la comunicación, del periodismo y a los ciudadanos en general.
- No debe limitarse a los anunciantes privados de publicidad que pauten obligatoriamente en ciudades con determinado número de habitantes, porque va en contra de la libertad de empresa.
- Derogatoria integral del artículo 98 de la LOC porque incumple con tratados y convenios internacionales de los cuales Ecuador es signatario y que prohíben a la legislación nacional aplicar restricciones a la producción y pauta de productos audiovisuales extranjeros.
- Se deja claramente establecida la reserva del espacio en el espectro radioeléctrico para los medios comunitarios pues es un derecho constitucionalmente establecido Se reservará hasta el 34 % del espectro radioeléctrico al sector comunitario; el 66 % del espectro restante será asignado para el sector público y privado en función de la demanda, no debiendo exceder la asignación de frecuencias al sector público un porcentaje del 10% del espectro.
- Se establecen mecanismos claros para la adjudicación de frecuencias para medios públicos, privados y comunitarios, que será potestad única de la autoridad de telecomunicaciones.
- Respecto al plazo de concesión de frecuencias, se propone eliminar la renovación y queda establecido que durará un periodo de quince años.
- Se propone dejar sin efecto las sanciones impuestas por la Supercom que se encuentran impugnadas y no han sido canceladas total o parcialmente
- Se veta la transitoria octava porque es inconstitucional, va en contra del informe de Contraloría y permitiría la concentración de frecuencias.
- Es suficiente una disposición derogatoria general, y más importante, que se disponga la actualización de la normativa vigente con las disposiciones incorporadas en la reforma a la Ley Orgánica de Comunicación.
“Disposición derogatoria.- Deróganse todas las normas de igual o menor jerarquía que se opongan a las disposiciones de la presente Ley, y actualícense las disposiciones que constan en la Ley Orgánica de Educación, Ley Orgánica de Cultura, Ley Orgánica de Telecomunicaciones y otros cuerpos legales, que en razón de la materia, deben guardar armonía con las disposiciones reformatorias a la Ley Orgánica de Comunicación establecidas en la presente Ley.”
Las normas son perfectibles y deben someterse a una constante evaluación con la sociedad que permita determinar cuáles son los resultados de su aplicación. El Gobierno Nacional propuso un conjunto de reformas en base a la defensa de derechos, a la normativa internacional y eliminando el carácter punitivo de la Ley. Por ello, la propuesta inicial de eliminar la Supercom y todo el andamiaje coercitivo fue aceptado por la Asamblea Nacional.
Se han generado las condiciones de libertad necesarias para ejercer el periodismo. Las reformas propuestas a la LOC están pensadas en beneficio de 17 millones de ecuatorianos y son la mayor muestra de que el Gobierno de Lenín Moreno garantiza la libertad de expresión.
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Dirección de Gestión de la Comunicación – Secretaría General de Comunicación.