Saltar al contenido principal

Función Ejecutiva expide el reglamento de la Ley de Comunicación

Quito (Pichincha).-  El Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) fue expedido. El documento cuenta con 89 artículos y fue definido por el Presidente de la República, Rafael Correa, en ejercicio de sus facultades previstas en el artículo 147, numeral 13, de la Constitución de Montecristi.

Considerando que es necesario crear los mecanismos legislativos idóneos para el pleno y eficaz ejercicio de los derechos de una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa, participativa, en todos ámbitos de la interacción social,  surgió el reglamento de la LOC tras varios meses de la aprobación de la ley en la Asamblea Nacional.

En el reglamento se incluyen temas referentes a los contenidos en internet, medios en internet, actividades comunicacionales, información de interés público, códigos deontológicos, formas de ejercer los derechos de rectificación y de réplica, la protección de derechos de propiedad intelectual de contenidos comunicacionales, la censura previa por omisión, la información de hechos delictivos y la protección a la identidad e imagen.

Medios digitales

Respecto a los medios en internet, el reglamento establece que son también medios de comunicación aquellos que operen sobre la plataforma de internet, cuya personería jurídica haya sido obtenida en Ecuador y que distribuyan contenidos informativos y de opinión, los cuales tienen los mismos derechos y obligaciones que la LOC establece para los medios de comunicación social definidos en al artículo 5 de dicha Ley.

Derecho a la réplica

En la aplicación de derechos, se dispone que los ciudadanos puedan solicitar la rectificación o la réplica a medios audiovisuales de forma personal, mediante una grabación o través de una carta.

El medio de comunicación difundirá la réplica o rectificación en el mismo espacio o programa en que se difundieron los contenidos que motivaron el reclamo. En el caso de los medios impresos, el contenido de la rectificación así como los argumentos de réplica se remitirán al medio por escrito por parte de la persona afectada, quien se identificará para tales efectos. El medio impreso deberá publicarla en el mismo espacio y sección en el que se difundieron los contenidos que motivaron la petición.

Uno por uno en contenidos musicales

En el reglamento, también, se dispone que la difusión del 50% de los contenidos musicales producidos, compuestos o ejecutados en el Ecuador que se efectúan en cada programa de radiodifusión sonora, podrá realizarse de forma secuencial y alternativa de piezas musicales o alternando segmentos de música nacional con segmentos de música internacional.

Producción nacional

Además, se dispone que el porcentaje total de la producción nacional que se difundirá en los medios de comunicación audiovisual cuya señal es de origen nacional, será mínimo del 60% de la programación diaria de la franja familiar (apta para todo público) de 06:00 a 18:00.  Los medios de comunicación audiovisual deberán incorporar en un 10%  de su programación productos nacionales independientes y difundirán en tres franjas horarias establecidas en la Ley de Comunicación.

Capacitación profesional

En el capítulo VII se incorpora la disposición transitoria primera que expone que, a partir del quinto año de la publicación en el Registro Oficial de la presente norma, será requisito indispensable para el ejercicio de las actividades profesionales de apoyo a la producción y difusión periodística (tales como realización de audiovisual, fotografía y sonido, entre otras similares, contar con el título profesional correspondiente o con certificación de competencias en tales actividades.

La Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt) impulsará las carreras técnicas o tecnológicas vinculadas con las actividades referidas y el Servicio de Capacitación Profesional (Secap) en un plazo de 6 meses a partir de la vigencia del reglamento de Comunicación iniciará el proceso de certificación de competencias profesionales. SAU/El Ciudadano


 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *